El transporte de mercancías peligrosas es una práctica asociada a la actividad de un gran número de empresas. En este sentido, son numerosas las entidades que realizan operaciones de carga, descarga, manipulación y/o almacenamiento de sustancias peligrosas, entre las que podemos destacar gasolineras, gestores de residuos peligrosos o industrias químicas, quedando sometidas muchas de ellas a las obligaciones previstas en el Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR).

 

Entre las obligaciones legales que deben cumplir este tipo de instalaciones, cabe destacar la establecida en el Real Decreto 97/2014, que obliga a las empresas a designar un Consejero de Seguridad, que se encargará de contribuir a la prevención de los riesgos para las personas, los bienes o el medio ambiente inherentes a las operaciones vinculadas al transporte de mercancías peligrosas.

Conforme al citado Real Decreto, podrán ejercer como Consejero de Seguridad el titular o el director de la empresa, los miembros del personal de la empresa designados por el titular o el director de aquella, o bien personas no pertenecientes a la empresa. En cualquier caso, es requisito indispensable para ejercer como Consejero de Seguridad superar una prueba de aptitud, que dará lugar a la expedición del título de Consejero de Seguridad por parte del órgano competente de la Comunidad Autónoma.

Las principales funciones del Consejero de Seguridad son asesorar a la empresa y comprobar que se cumplen los requisitos legales aplicables al transporte de mercancías peligrosas. Para ello, deberá realizar visitas técnicas a las instalaciones en las que se verificará el cumplimiento de la normativa, y en especial de las disposiciones contenidas en el ADR. Tras estas visitas, el Consejero emitirá el Informe Técnico de Evaluación, que deberá ser custodiado por la empresa durante al menos un año.

Igualmente, en caso de que se produzca algún accidente que afecte a personas, bienes o al medio ambiente durante un transporte o una operación de embalado o llenado, de carga o de descarga, el Consejero de Seguridad redactará el correspondiente Informe de Accidente, que será remitido a la Dirección de la empresa.

Asimismo, el Consejero de Seguridad se encargará de elaborar el Informe Anual sobre las actividades de carga, descarga o transporte de mercancías peligrosas efectuadas por las empresas a las que esté adscrito, el cual será remitido al órgano competente de la Comunidad Autónoma en el primer trimestre del año siguiente.

Dentro del equipo profesional de AIPROM Consultores, disponemos de Consejeros de Seguridad habilitados para todas las especialidades de transporte de mercancías peligrosas, lo que nos permite ofrecer el servicio de asistencia técnica como Consejeros de Seguridad a todas aquellas empresas que se encuentran dentro del ámbito de aplicación del ADR.

Si está interesado en conocer si su empresa debe disponer de un Consejero de Seguridad o quiere aclarar cualquier consulta sobre esta materia, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Seguro que podemos ayudarle.

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